jueves, 4 de febrero de 2010
SUBVENCION COMERCIO Y HOSTERIA ¡¡¡¡¡¡SOLO HASTA EL 15 DE FEBRERO DE 2010!!!!!
ORDEN DE 9 DE DICIEMBRE DE 2009, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE COMERCIO Y ARTESANÍA (resumen)
MODALIDAD 2 (PYM) modernización e implantación de sistemas de calidad en la pequeña y mediana empresa.
BENEFICIARIOS: Podrán acogerse las pequeñas y medianas empresas comerciales minoristas domiciliadas en la CCAA de Andalucía los COMERCIANTES MINORISTAS, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía. / Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado (deberán cumplir los requisitos del art. 3 y los específicos de esta modalidad).
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
a) Renovación y mejora tecnológica de la pequeña y mediana empresa comercial:
I. Adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén y automatización de las ventas: hasta 1.500 €
II. Adquisición de equipo tecnológico (se excluyen equipos informáticos): hasta 3.000 €
III. Conexión Internet: hasta 500 €
IV. Diseño e implantación de sistemas de portales de venta no presénciales (comercio electrónico) hasta 2.000 €
V. Adecuación física de los establecimientos necesaria en la implantación de nuevos sistemas de venta: hasta 18.000 €
VI. Ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad comercial tanto el preexistente como el segundo o posteriores puntos de venta manteniendo el preexistente: hasta 60.000 €
VII. Adquisición de equipamiento y mobiliario comercial, tanto del preexistente como del nuevo punto de venta en un centro comercial: hasta 15.000 €
b) Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales manteniendo los existentes: hasta 40.000 €
c) Relevo generacional en la pequeña y mediana empresa comercial.
d) Implantación de norma de calidad UNE 175001/1 de calidad de servicios para el pequeño comercio.
I. Gastos derivados de auditorías y consultorías Hasta 3.000 €
II. Emisión del certificado de calidad: hasta 700 €
III. Renovación del certificado de calidad: hasta 700 €
e) Actuaciones destinadas a garantizar la seguridad en la pequeña y mediana empresa comercial
I. Anti-hurto: 6.000 €
II. Cajas registradoras con grabación de imágenes y tickets hasta 6.000 €
III. Videovigilancia: hasta 5.000 €
IV. Control de acceso: hasta 4.000 €
V. Caja fuerte: hasta 2.000 €
VI. Anti-intrusión: hasta 3.000 €
VII. Detección de falsificación de productos: hasta 1.000 €
VIII. Otros sistemas de seguridad hasta 3.000 €
f) Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales: hasta 18.000 €
g) Apertura de segundo o posterior punto de venta (manteniendo existentes) hasta 40.000 €
h) Diseño para la mejora de la imagen del establecimiento:
I. Proyectos de diseño de interiorismo y escaparatismo: hasta 30.000 €
II. Diseño en elementos de identidad gráfica y packaging hasta 30.000 €
i) Adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras: hasta 30.000 €
j) Sistemas de ahorro energético: hasta 30.000 €
k) Reciclado y eliminación de residuos: hasta 15.000 €
REQUISITOS:
a) Ejercer una actividad comercial en Andalucía con establecimiento comercial permanente antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de la solicitud (al menos 2 años)
b) Estar inscrito ANTES de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes en el REGISTRO DE COMERCIANTES Y ACTIVIDADES COMERCIALES DE ANDALUCÍA.
c) Que no haya obtenido de la Consejería subvenciones o ayudas para las mismas causas en los dos ejercicios inmediatamente anteriores.
d) Que la suma total del número de personas trabajadoras de sus centros dependientes no sea superior a 30.
e) Que su actividad principal esté incluida en alguna de las agrupaciones o epígrafes siguientes:
Grupo 64: comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
SALVO:
646 c.p.m. de labores de tabaco y de artículos de fumador.
Grupo 65: c.p.m. de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
SALVO:
652.1 Farmacias: c.p.m. de medicamentos productos sanitarios e higiene personal
654 c.p.m. vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio
655 c.p.m. combustibles, carburantes y lubricantes
656 c.p.m. de bienes usados, tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
659.1 c.p.m. sellos, monedas, medallas, obras de arte
659.3 c.p.m. de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
659.8 c.p.m. denominado sex-shop
Grupo 66: comercio mixto o integrado etc
SALVO:
663 c.p.m. (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos)
664 c.p.m. expositores en depósito y aparatos automáticos
665 c.p.m. por correo o catálogo
MAS INFORMACION: www.pinturasrodriguezros.com / info@pinturasrodriguezros.com / 952 47 67 67
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